Una tarjeta de crédito es una tarjeta de plástico
con una banda magnética, a veces un microchip, y un número
en relieve que sirve para hacer compras. Por su capacidad de realizar
pagos se les llama también dinero plástico o dinero de plástico.
Tarjeta que sirve para hacer compras y pagarlas en fechas posteriores.
Entre las mas conocidas del mercado estan: Visa, American Express, Mastercard,
Diners, Italcred y otras.
Los
usuarios tienen límites con respecto a la cantidad que pueden cargar,
pero no se les requiere que paguen la cantidad total cada mes. En lugar
de esto, el saldo (o "revolvente") acumula interés, y
sólo se debe hacer un pago mínimo. Se cobran intereses sobre
el saldo pendiente.
La mayor ventaja es la flexibilidad que le da al usuario, quien puede
pagar sus saldos por completo cada mes o puede pagar en parte. La tarjeta
establece el pago mínimo y determina los cargos de financiamiento
para el saldo pendiente. Las tarjetas de crédito también
se pueden usar en los cajeros automáticos o en un banco para servirse
de un adelanto de efectivo aunque, a diferencia de las tarjetas de débito,
se cobra un interés.
Un pago con tarjeta de crédito es un pago con dinero M1 (dinero
crediticio) que como todo agregado monetario distinto de M0 no es creado
por los bancos centrales sino por los bancos privados al dar créditos.
Por tanto, el hacer efectivo un cobro con tarjeta de crédito depende
de la solvencia de la entidad emisora de la tarjeta.
Ejemplo de tarjeta de créditoCuando se compra con una tarjeta de
crédito, normalmente la entidad financiera carga el importe en
cuenta a principios del mes siguiente sin intereses. También hay
otra modalidad de pago en la que se paga una parte de las compras cada
mes, pero, generalmente, tiene la desventaja de que se cobran intereses.
En ambos casos, se suele cobrar una cuota anual.
Cuando se paga con tarjeta en el comercio, el cobrador suele pedir una
identificación ( identificacion personal, permiso de conducir,
etc ) y exige la firma del recibo para acreditar que se es propietario
de la tarjeta.
En caso de uso fraudulento no hay más que anular el cargo y el
banco debe demostrar que la compra ha sido hecha por el propietario.
La compras con tarjeta de crédito pueden tener diversos seguros.
Forma y origen
Materialmente la tarjeta de crédito consiste en una pieza de plástico,
cuyas dimensiones y carácteristicas generales han adquirido absoluta
uniformidad, por virtualidad del uso y de la necesidad técnica.
Cada instrumento contiene las identificaciones de la entidad emisora
y del afiliado autorizado para emplearla; así como el periodo temporal
durante el cual ese instrumento mantendrá su vigencia. Suele contener
también la firma del portador legítimo y un sector con asientos
electrónicos perseptibles mediante instrumentos adecuados. Estos
asientos identifican esa particular tarjeta y habilitan al portador para
disponer del crédito que conlleva el presentarla, sin estampar
su firma.
Con respecto al origen, podemos decir que apareció en los comienzos
del siglo XX en los Estados Unidos, bajo la modalidad de las tarjeta de
compañía, se insinuó con su forma mayoritaria alrededor
de la década del 40 y tomo difusión desde la mitad del siglo.
La difusión internacional fue producto del empleo en otras naciones
de las tarjetas emitidas en aquel pais, y del establecimiento local de
sucursales de las emisoras durante las quinta y sexta décadas.
Aprobación segura
Algunas instituciones bancarias ofrecen a sus clientes nuevas alternativas
para obtener tarjetas de crédito. En países como México,
bancos como Banamex, BBVA Bancomer y Scotiabank Inverlat otorgan tarjetas
denominadas "aprobación segura" o "aprobación
garantizada". El modo en que éstas tarjetas operan es sencillo:
El interesado debe acudir a su banco a completar una solicitud de crédito,
misma que será analizada en las sociedades de información
crediticia. Posteriormente, en caso de que el individuo carezca de información
negativa en su historial, el banco le otorgará automáticamente
la tarjeta de crédito, con la única condición de
que deje un depósito en garantía que puede variar entre
los 250 y 2000 dólares, dicho depósito permanecerá
por un plazo determinado por el banco, mientras el usuario puede hacer
uso de la tarjeta. Al cabo de dicho plazo y tras el buen manejo de la
tarjeta de crédito, el usuario recuperará su dinero y podrá
conservar la tarjeta. El sistema entre sus desventajas contempla que los
precios y tasas de interés pueden ser mayores que las de una tarjeta
convencional. Entre sus ventajas se encuentra el hecho de no tener que
comprobar ingresos o historial crediticio.
MALAS PRÁCTICAS BANCARIAS.
Las memorias del Servicio de Reclamaciones del Banco de España
recogen un gran número de malas prácticas bancarias, de
los más diversos órdenes. Vamos a recoger aquí algunas
de las más típicas.
Cobro de comisiones indebidas.
Es muy frecuente que las entidades emisoras cobren comisiones por el uso
de la tarjeta en cajeros de otras entidades. Pues bien, para que esas
comisiones sean lícitas deben estar previstas en el contrato expresamente,
sin que sea suficiente que éste recoja una referencia genérica
al folleto de comisiones que se envía por la entidad al Banco de
España.
Por esta misma razón, no será admisible que unilateralmente
la entidad emisora pretenda incrementar estas comisiones o imponerlas
ex novo en los casos en que se hubiese ofrecido anteriormente ese uso
de forma gratuita. Para que ello sea admisible deberá comunicarlo
de forma fehaciente al titular con antelación suficiente para que
éste pueda adoptar la decisión que le convenga.
No es bastante, por ejemplo, el acuerdo adoptado por las entidades integradas
en Servired a comienzos del año 2001 para cobrar a todos los titulares
de tarjetas de esta red la cantidad de 50.-ptas cuando la utilicen en
cajeros de entidad distinta a la emisora pero de la red: se trata de un
acuerdo entre empresas emisoras, pero que para ser aplicable a los titulares
requiere el consentimiento de éstos.
Por la misma razón, si en el contrato suscrito al entregar la tarjeta
no se fija expresamente una comisión por la renovación de
la tarjeta, no se podrá cobrar posteriormente, salvo que se notifique
con antelación suficiente para que el titular decida si quiere
o no renovarla.
Tampoco es admisible el cobro de comisiones por las gestiones derivadas
de las reclamaciones que formule el titular de la tarjeta.
Envío de tarjetas no solicitadas.
Algunas entidades financieras han seguido la práctica de realizar
campañas promocionales en las que remitían a sus clientes
tarjetas que éstos no habían solicitado, con el agravante
de que, al ser un envío por decisión unilateral, no se suscribe
el contrato correspondiente. Se trata de una mala práctica bancaria,
que puede dar lugar a conflictos de índole variada. Si el cliente
comienza a hacer uso de la tarjeta, se entenderá que la acepta
por sus propios actos, pero quedan sin determinar las condiciones de uso,
en particular las relativas al cobro de comisiones: según lo explicado,
al no existir contrato firmado, el emisor no podría cobrar comisión
alguna, salvo que junto con el envío ya indicase qué cantidades
cobraría en cada caso.
En ocasiones el conflicto surge porque se emite la tarjeta y, sin que
exista constancia de que el destinatario la recibió, llega a utilizarse
y se efectúan cargos en la cuenta del titular. De hecho, existen
antecedentes en que se ha comprobado que las firmas de los justificantes
de las compras no coinciden con la del titular, por lo que en estos casos
el emisor deberá reintegrar al titular las cantidades que le haya
cargado indebidamente. En otros casos en que no se llegaron a efectuar
compras sino sólo retiradas de efectivo a través de cajero,
al no poder probar el emisor la entrega efectiva de la tarjeta al destinatario
debió reintegrar las cantidades que se cargaron en la cuenta de
éste.
Por supuesto, siempre que se reciba una tarjeta no solicitada podrá
devolverse al emisor, y proceder a su destrucción, sin gasto alguno
para el cliente.
Incremento unilateral del límite de disponibilidad.
Las tarjetas de crédito y débido suelen llevar un límite
de disponibilidad diario y/o mensual, de forma que no es posible obtener
reintegros o realizar pagos por encima de ese límite. Este límite
no sólo entraña una limitación del crédito
que se concede al tenedor, sino que actúa también en interés
de éste, evitando que en el caso de uso ilícito por terceras
personas, por pérdida o sustracción, se puedan cargar cantidades
muy elevadas. En ocasiones ese límite es fijo (300.-euros diarios
para la mayoría de tarjetas de débito) aunque en muchos
casos se puede modificar de mutuo acuerdo.
Pues bien, en ocasiones las entidades emisoras incrementan unilateralmente
ese límite y envían una carta al cliente informándole
de ello, con el fin de estimularle a utilizar más la tarjeta, sobre
todo para realizar compras, dadas las elevadas comisiones que perciben
por ello de los comerciantes. Este incremento unilateral es considerado
por el Banco de España como una mala práctica dado que incrementa
el riesgo que corre el tenedor.
Cancelación unilateral de la tarjeta de crédito.
Dado que la tenencia de la tarjeta de crédito supone la concesión
de una línea de crédito al titular, el emisor puede unilateralmente
bloquear temporalmente o cancelar tal tipo de tarjetas, aunque respetando
ciertos criterios generales: debe haber una causa objetiva que justifique
el bloqueo o la retirada del crédito, debe notificarlo al titular
con antelación para evitarle perjuicios adicionales y, si se le
cobra una cuota periódica por la tenencia de la tarjeta, deberá
devolvérsele la parte proporcional al tiempo por la que ya no la
vaya a tener.
Pero cuando se cancela unilateralmente por error o sin causa justificada
alguna el emisor deberá indemnizar los perjuicios que pueda ocasionar.
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